Las parejas de hecho o parejas de larga duración son aquellas que no están casadas ni han registrado su unión como suele hacerse con una boda ante el notario. Por lo general, aunque no hay reglamentos legales, se puede registrar. Pero, ¿Cuándo se considera pareja de hecho?
La pareja de hecho a diferencia de una boda civil en el notario, es una relación que, para considerarse como tal, debe tener al menos dos años de unión, mientras que un matrimonio civil, inicia el día en que es certificado legalmente.
Por otro lado, si mantienes una relación estable y duradera con tu pareja, tienes ciertos derechos en la UE, aunque no hayas registrado a tu pareja. Además, aunque el régimen de convivencia sigue estando mucho menos regulado y goza de menos protección que el régimen del matrimonio legal, goza de ciertos beneficios. Los especialistas de Tubodahoy.com, te daremos toda la información que requieres para aclarar tus dudas.
¿Cuándo se considera pareja de hecho?
Se considera una pareja de hecho cuando se ejerce una convivencia estable y pública entre dos personas del mismo sexo o del sexo opuesto, y que cooperan entre ellos, teniendo los mismos intereses en el desarrollo de la vida familiar pero que a pesar de eso no se unieron mediante una boda civil ante el notario, ni por la iglesia.
Las obligaciones de los padres para con sus hijos son las mismas en caso de una boda por notario. En el permiso de trabajo por cuenta ajena, tampoco se diferencia entre parejas de hecho y casadas. En los derechos en el arrendamiento, en las ayudas y subvenciones y en la asistencia sanitaria, comparten las mismas oportunidades.
Difieren, sin embargo, en que en la práctica las parejas de hecho no tienen un régimen económico que regule su influencia económica, no pueden presentar declaración conjunta del IRPF, no perciben salario ni herencia.
Características de una pareja de hecho
Algunos aspectos que nos pueden dar respuesta a la pregunta ¿cuándo se considera pareja de hecho?, son sus características.
Convivencia: ausencia de obligaciones personales y generacionales entre los convivientes
Las parejas de hecho, a diferencia de las parejas unidas mediante boda ante notario en España, no tienen ninguna obligación legal entre sí. Por lo tanto, no existe un deber de lealtad ni un deber de cooperación y asistencia entre los miembros de la pareja. Cada uno corre con sus propios gastos; no hay obligación de contribuir a los gastos de la convivencia.
Del mismo modo, las parejas de hecho no son responsables de las deudas contraídas por el otro; aunque se trate de una deuda doméstica (por ejemplo, la compra de un electrodoméstico). Por lo tanto, el acreedor de uno de los convivientes no podrá venir a exigir el pago de su deuda al otro.
Sin embargo, las parejas de hecho pueden decidir negociar una deuda de forma conjunta y solidaria. Así que se puede exigir el pago a uno o a otro, pero la solidaridad surgirá de un acuerdo, no de la convivencia.
Arrendamiento de vivienda: el equivalente jurídico de un apartamento compartido
También en este caso, la copropiedad no es un derecho de las parejas de hecho. Así, el socio que no tenga su nombre en el contrato de alquiler no tendrá derecho a la vivienda. Simplemente, se consideraría una persona presentada por el inquilino.
En ese sentido, para estar igualmente protegidos, las parejas de hecho deben firmar el contrato de alquiler. En este caso, serán responsables solidarios del pago del alquiler, pero tendrán los mismos derechos sobre la vivienda. Y el propietario que decida darles permiso debe notificarlo a cada uno de ellos.
Convivencia: independencia genérica con posibilidad de compra conjunta
Otro aspecto que permite respondernos ¿cuándo se considera pareja de hecho?, es que, este tipo de relaciones, a diferencia de una conformada a través de una boda civil en el notario, son independientes con respecto a su patrimonio. Cada uno es dueño de los bienes que ha comprado, a menos que los convivientes hayan optado por la compra conjunta. En ese caso serán dueños inseparables.
Del mismo modo, cuando una pareja decide comprar una propiedad indivisa (más comúnmente inmobiliaria). Lo más sensato será indicar la parte de cada socio en función de su aportación económica real. A falta de precisión, en caso de separación, se considerará que las parejas de hecho son propietarias de hasta la mitad de los bienes cada una.
Documentos necesarios para demostrar tu estado civil
Otros aspectos que podemos tomar en cuenta a la hora de demostrar cuándo se considera una pareja de hecho, son algunas evidencias o elementos que comparte la relación, muy distintas a una pareja que se unión por medio de una boda ante un notario.
No obstante, no hay una serie de documentos específicos que debas aportar para cumplir este requisito. Sino que hay una amplia variedad que puedes elegir para que sirva de justificante. Por lo tanto, para demostrar tu estado civil debes intentar aportar el mayor número posible de documentos que puedes utilizar como prueba de tu relación, los cuales incluyen:
- Contratos de alquiler y cartas del propietario o del agente de alquiler para demostrar la convivencia.
- Certificados de nacimiento de los hijos en los que figuren los nombres de ambos progenitores o cartas del colegio o del médico de cabecera en las que se indique que los padres comparten la responsabilidad de los hijos.
- Extractos bancarios de cuentas bancarias conjuntas, contratos de hipoteca o de alquiler o facturas de servicios públicos a nombre de ambos para demostrar la responsabilidad financiera compartida.
- Reservas de vuelos, declaraciones de familiares cercanos y fotografías de las visitas al país del otro, en caso de que una de las partes sea extranjera. Muy distinto a los requerimientos que se solicitan en una boda ante notario con un extranjero.
- Oferta de empleo para el solicitante.
- Planes para la educación de los hijos (carta de aceptación de la escuela).
- Prueba de la intención de vivir juntos en España, o en el país de proveniencia de la otra parte, en caso de que sea extranjero.
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